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Protección humanitaria

Víctimas de delitos: protección y opciones migratorias

Atención confidencial para evaluar el estatus U y otras medidas de protección según la historia de cada persona.

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Víctimas de delitos

La clasificación U puede atender a víctimas de determinadas actividades delictivas que sufrieron abuso físico o mental sustancial y cumplen los requisitos de información y colaboración con las autoridades. La certificación de la autoridad competente integra la petición; ser víctima por sí solo no demuestra todos los requisitos.

Qué considerar

La atención también puede evaluar medidas distintas, como autopetición VAWA en relaciones familiares calificadas con abuso, clasificación T para víctimas de trata y SIJS en situaciones específicas de jóvenes con una orden judicial calificada. Son opciones distintas, cada una con requisitos y efectos propios.

Visa U: delitos y requisitos

La violencia doméstica, la agresión sexual, la trata de personas, la extorsión y el secuestro figuran entre las actividades calificadas. El delito debe haber ocurrido en Estados Unidos o infringido sus leyes. Además del abuso sustancial, la víctima debe poseer información sobre la actividad y haber ayudado, estar ayudando o probablemente ayudar a las autoridades en su detección, investigación o enjuiciamiento. También debe evaluarse la admisibilidad o una exención aplicable.

Colaboración mediante un representante de la víctima

Cuando la víctima es menor de 16 años o no puede aportar información o colaborar por incapacidad física o mental, las normas permiten que el padre, la madre, un tutor o un representante apropiado (next friend) actúe en su nombre. Esto puede cumplir los requisitos de información y colaboración, según el caso, pero no elimina los demás requisitos ni la certificación de la autoridad competente.

Cómo funciona la petición U

La petición ante USCIS utiliza el Formulario I-918, pruebas del caso y la certificación I-918 Supplement B firmada por una autoridad competente. La certificación documenta la colaboración; no sustituye la decisión migratoria ni exige por sí sola una condena penal. Para quienes están fuera de Estados Unidos, la aprobación de la petición y la disponibilidad permiten continuar con la etapa consular. La concesión del estatus U es distinta de un futuro ajuste a residencia permanente.

Permanencia, trabajo y Green Card

El estatus U generalmente permite permanecer hasta cuatro años y obtener autorización de trabajo. La residencia permanente puede solicitarse tras al menos tres años de presencia física continua en estatus U, si se cumplen los demás requisitos; no es automática. El límite anual es de 10.000 beneficiarios principales, sin contar familiares derivados. Por ello, la elegibilidad no supone una concesión inmediata.

VAWA: protección en relaciones familiares

La autopetición VAWA puede proteger a personas de cualquier género que sufrieron agresión o crueldad extrema en una relación familiar calificada. Incluye a determinados cónyuges e hijos de ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes y a padres de hijos ciudadanos estadounidenses de al menos 21 años. Exige acreditar el vínculo, el abuso, la convivencia en algún momento y el buen carácter moral, según las reglas de la categoría. La convivencia no necesariamente debe haber ocurrido en Estados Unidos. Ciertos hijos pueden recibir beneficios derivados.

Visa T: víctimas de trata de personas

La clasificación T está destinada a víctimas de formas graves de trata de personas presentes en Estados Unidos a causa de la trata. En general, exige cumplir solicitudes razonables de colaboración con las autoridades, con excepciones legales por edad o trauma, y demostrar dificultad extrema que implique daño inusual y severo en caso de expulsión. También debe analizarse la admisibilidad o una posible exención. Sus requisitos son distintos de los de la visa U.

SIJS: protección de jóvenes inmigrantes

La clasificación de inmigrante juvenil especial puede beneficiar a jóvenes solteros menores de 21 años presentes en Estados Unidos con una orden judicial calificada de dependencia o custodia. La orden debe establecer que la reunificación con uno o ambos padres no es viable por abuso, abandono, negligencia o una causa similar conforme a la ley estatal, y que regresar al país de nacionalidad o última residencia habitual no responde al interés superior del joven. Deben verificarse la competencia y los límites de edad del tribunal estatal. La orden judicial por sí sola no concede estatus migratorio ni Green Card.

Cómo podemos ayudar

  1. 01 · Comprender

    Su historia y objetivos orientan la evaluación inicial y la identificación de las cuestiones relevantes.

  2. 02 · Organizar

    El equipo indica la información y pruebas necesarias y explica el alcance del trabajo propuesto.

  3. 03 · Acompañar

    Recibe orientación sobre las etapas de la atención y los próximos pasos, según el servicio contratado.

Preguntas frecuentes

¿Debo contar los detalles en un formulario público?

No. En el primer contacto, solicite atención confidencial. El equipo indicará cómo compartir información y documentos sensibles por el canal adecuado.

¿Qué es la visa U?

Es una clasificación temporal para víctimas de actividades delictivas calificadas que cumplen requisitos de abuso sustancial, información y colaboración con las autoridades.

¿Qué delitos pueden calificar?

Entre los ejemplos están la violencia doméstica, la agresión sexual, la trata de personas, la extorsión y el secuestro. Deben examinarse la clasificación legal de los hechos y los demás requisitos.

¿Ser víctima basta para obtener la visa U?

No. Deben acreditarse todos los requisitos, incluidos abuso físico o mental sustancial, información sobre el delito y colaboración certificada por una autoridad competente.

¿Cómo se solicita la clasificación U?

El proceso comienza con la preparación de pruebas, la certificación I-918 Supplement B y la petición I-918 ante USCIS. La etapa consular corresponde a quienes necesitan la visa para entrar en Estados Unidos tras la aprobación pertinente.

¿Qué beneficios ofrece el estatus U?

Permanencia temporal, autorización de trabajo y una posible vía a la residencia tras tres años de presencia continua en estatus U, con requisitos adicionales. Pueden incluirse familiares calificados según las reglas aplicables.

¿Debe ser condenado el autor del delito?

No es obligatorio que exista una condena. La autoridad competente debe certificar la colaboración exigida y USCIS analiza los demás elementos de la petición.

¿Existe un límite anual para la visa U?

Sí. El límite es de 10.000 beneficiarios principales por año fiscal; los familiares derivados no se incluyen en ese total. La demanda puede generar espera, sin un plazo garantizado.

¿Qué sucede si la víctima es menor o no puede colaborar personalmente?

Para víctimas menores de 16 años o con incapacidad física o mental, un padre, madre, tutor o representante apropiado (next friend) puede cumplir los requisitos de información y colaboración, según el caso. La certificación de la autoridad y los demás requisitos siguen siendo necesarios.

¿Debo enviar documentos en el primer contacto?

El equipo indicará qué información se necesita y el canal adecuado para enviar documentos privados.

¿Se puede garantizar la aprobación o un plazo?

No. Las decisiones y los plazos gubernamentales dependen de las autoridades y de las circunstancias de cada proceso.

Información con contexto

Contenido informativo. La elegibilidad, documentación y estrategia dependen del análisis individual y las reglas aplicables al caso.

Referencia oficial ↗USCIS — protección para víctimas de delitos ↗
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