VISA FINDER

Abogado de inmigración

Visa EB-4: Inmigrantes especiales en EE. UU.

Descubra quién puede solicitar una visa EB-4 y residir legalmente en EE. UU. Los profesionales religiosos y con necesidades especiales tienen acceso a través del Buscador de Visas.

Descubra si es elegible. ¡Consulta gratuita!

Visa EB-4

La categoría de visa EB-4 es una visa de inmigrante reservada para un grupo amplio de inmigrantes especiales que generalmente incluye trabajadores religiosos, locutores, traductores iraquíes/afganos, iraquíes que han ayudado a los Estados Unidos, empleados de organizaciones internacionales, médicos, miembros de las fuerzas armadas, empleados de la Zona del Canal de Panamá, ex personal de la OTAN-6 y cónyuges e hijos de ex personal de la OTAN-6 fallecido.

Pastor1
Missionários1

Requisitos para trabajadores religiosos

La visa EB-4 (cuarta preferencia basada en empleo) está destinada a ciertos “inmigrantes especiales” que encajan en categorías definidas por la ley de inmigración de los EE.UU., permitiéndoles acceder a la residencia permanente legal.

Pueden calificar trabajadores religiosos, inmigrantes juveniles especiales (SIJ), locutores/transmisores designados, empleados de organizaciones internacionales (G-4/OTAN-6) y sus familiares, ciertos empleados del gobierno de EE.UU. en el extranjero, miembros de las fuerzas armadas, ciertos médicos y traductores afganos/iraquíes que prestaron servicios al gobierno de EE.UU. 

En general no se requiere el proceso estándar de certificación laboral (PERM). Algunas categorías no requieren empleador patrocinador, pero depende del grupo específico de elegibilidad. 

Usualmente se presenta el formulario “Petición de un Amerasian, Viudo(a) o Inmigrante Especial” (Formulario I-360) ante USCIS. Una vez aprobada la petición y cuando haya visa disponible, se procede mediante ajuste de estatus o procesamiento consular. 

Permite obtener la residencia permanente legal (green card), autoriza trabajar y vivir en EE.UU., y permite que el cónyuge y los hijos solteros menores de 21 años también cualifiquen como dependientes en la mayoría de los casos. 

La categoría está sujeta a cupos anuales y a fechas de prioridad según país de origen, lo que puede generar demoras. Además, cada subcategoría tiene requisitos muy específicos que deben cumplirse. 

A diferencia de la EB-2 o EB-3, que se centran en profesionales con título, habilidad excepcional o trabajo cualificado, la EB-4 está diseñada para grupos especiales definidos legalmente (religiosos, funcionarios, traductores, etc.) y no requiere necesariamente habilidades extraordinarias ni oferta tradicional de empleo.