VISA FINDER

Abogado de inmigración

Boletín de Visas

22/07/2025

Boletín de Visas Agosto 2025 | Visa Finder

Número 5

Volumen XI
Washington, D.C.

Ver como PDF imprimible

A. NÚMEROS ESTATUTARIOS PARA VISAS DE INMIGRANTE PREFERENTE

Este boletín resume la disponibilidad de números de inmigración durante agosto para las fechas de cierre y presentación de solicitudes, indicando cuándo se debe notificar a los solicitantes de visa de inmigrante para que reúnan y presenten la documentación requerida al Centro Nacional de Visas.

A menos que se indique lo contrario en el sitio web del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) en www.uscis.gov/visabulletininfo, las personas que deseen presentar solicitudes de ajuste de estatus ante el USCIS deben usar las tablas de «Fechas de acción final» a continuación para determinar cuándo pueden presentar dichas solicitudes. Cuando el USCIS determine que hay más visas de inmigrante disponibles para el año fiscal que solicitantes conocidos para dichas visas, el USCIS indicará en su sitio web que los solicitantes pueden utilizar las tablas de «Fechas para la Presentación de Solicitudes de Visa» de este Boletín.

1. Procedimientos para determinar las fechas. Los funcionarios consulares deben informar al Departamento de Estado sobre los solicitantes que cumplen con los requisitos documentales para visas con límite numérico; el USCIS informa sobre los solicitantes de ajuste de estatus. Las asignaciones en las tablas a continuación se realizaron, en la medida de lo posible, en orden cronológico de las fechas de prioridad informadas, para la demanda recibida hasta el 2 de julio. Si no se pudo satisfacer toda la demanda, la categoría o el estado extranjero con exceso de demanda se consideró con sobredemanda. La fecha de acción final para una categoría con sobredemanda es la fecha de prioridad del primer solicitante al que no se pudo contactar dentro de los límites numéricos. Si durante el proceso de asignación mensual fuera necesario retrasar una fecha de acción final, las solicitudes suplementarias de número de inmigrantes solo se atenderán si la fecha de prioridad se encuentra dentro de la nueva fecha de acción final anunciada en este boletín. Si en algún momento se alcanzara un límite anual, sería necesario declarar inmediatamente la categoría de preferencia como «no disponible» y no se atenderían más solicitudes de número.

2. El límite para el año fiscal 2025 de inmigrantes con preferencia por patrocinio familiar, determinado de conformidad con la Sección 201 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), es de 226,000. El nivel mundial de inmigrantes con preferencia anual basada en el empleo es de al menos 140,000. La Sección 202 prescribe que el límite por país para inmigrantes con preferencia se establece en el 7% del total anual de los límites de preferencia por patrocinio familiar y basada en el empleo, es decir, 25,620. El límite por área dependiente se establece en el 2%, o 7,320.

3. La Sección 203(e) de la INA dispone que las visas preferenciales, tanto familiares como laborales, se expidan a inmigrantes elegibles en el orden en que se haya presentado la solicitud correspondiente. La Sección 203(d) dispone que los cónyuges e hijos de inmigrantes preferenciales tienen derecho al mismo estatus y al mismo orden de consideración si acompañan o se reúnen con el principal. Las disposiciones de prorrateo de visas de la Sección 202(e) se aplican a las asignaciones para un estado extranjero o área dependiente cuando la emisión de visas supere el límite por país. Estas disposiciones se aplican actualmente a las siguientes áreas con sobredemanda: nacidos en China continental, India, México y Filipinas.

4. La Sección 203(a) de la Ley de Inmigración y Naturalización (INA) establece las siguientes clases de preferencia para la asignación de visas de inmigrante patrocinadas por la familia:

PREFERENCIAS PATROCINADAS POR LA FAMILIA

Primera: (F1) Hijos e hijas solteros de ciudadanos estadounidenses: 23,400 más cualquier número no requerido para la cuarta preferencia.

Segunda: Cónyuges e hijos, e hijos solteros de residentes permanentes: 114.200, más la cantidad (si la hubiera) por la que el nivel de preferencia familiar mundial supere los 226.000, más cualquier número de primera preferencia no utilizado:

A. (F2A) Cónyuges e hijos de residentes permanentes: 77 % del límite general de segunda preferencia, de los cuales el 75 % están exentos del límite por país;

B. (F2B) Hijos solteros (de 21 años o más) de residentes permanentes: 23 % del límite general de segunda preferencia.

Tercero: (F3) Hijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses: 23,400, más cualquier número no requerido por la primera y segunda preferencia.

Cuarto: (F4) Hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses adultos: 65,000, más cualquier número no requerido por las tres primeras preferencias.

A. AC FINALFECHAS DE LICENCIA PARA CASOS DE PREFERENCIA PATROCINADOS POR FAMILIAS

En la tabla a continuación, la indicación de una fecha para cualquier clase indica que la clase tiene exceso de solicitudes (véase el párrafo 1); «C» significa vigente, es decir, se autoriza la emisión de solicitudes a todos los solicitantes calificados; y «U» significa no autorizado, es decir, no se autoriza la emisión de solicitudes. (NOTA: Solo se autoriza la emisión de solicitudes a solicitantes cuya fecha de prioridad sea anterior a la fecha de acción final que se indica a continuación).

01FEB0101DIC03

Patrocinado por la familia Todas las zonas de imputabilidad excepto las enumeradas Nacidos en China continental INDIA MÉXICO FILIPINAS
F1 15JUL16 15JUL1 6 15 de julio de 2016 22 de abril de 2005 15 de julio de 2012
F2A 01 de septiembre de 2022 01 de septiembre de 2022 01 de septiembre de 2022 01 de febrero de 2022 01 de septiembre de 2022
F2B 15OCT16 15OCT16 15OCT16 01ENE07 15ABR12
F3 01AGO11 01AGO11 01AGO11
F4 01ENE08 01ENE08 01NOV06 15MAR01 01ENE06
22MAR05
22MAR05
22DIC10
01FEB16
01FEB16

Para agosto, se autoriza la emisión de números F2A exentos del límite por país a solicitantes de todos los países con fechas de prioridad anteriores al 01FEB22. Los números F2A, sujetos a límite por país, están autorizados para su emisión a solicitantes con cargo a todos los países, EXCEPTO MÉXICO, con fechas de prioridad a partir del 1 de febrero de 2022 y anteriores al 1 de septiembre de 2022. Todos los números F2A proporcionados para MÉXICO están exentos del límite por país.

B. FECHAS PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE VISA PATROCINADA POR FAMILIA

La tabla a continuación muestra las fechas para la presentación de solicitudes de visa dentro de un plazo que justifique la acción inmediata en el proceso de solicitud. Los solicitantes de visas de inmigrante con fecha de prioridad anterior a la fecha de solicitud indicada en la tabla a continuación pueden reunir y presentar la documentación requerida al Centro Nacional de Visas del Departamento de Estado, tras recibir la notificación del Centro Nacional de Visas con instrucciones detalladas. La fecha de solicitud para una categoría con exceso de solicitudes es la fecha de prioridad del primer solicitante que no pueda presentar documentación al Centro Nacional de Visas para una visa de inmigrante. Si una categoría se designa como «vigente», todos los solicitantes de la categoría correspondiente pueden presentar solicitudes, independientemente de la fecha de prioridad.

La indicación «C» indica que la categoría está vigente y que las solicitudes pueden presentarse independientemente de la fecha de prioridad del solicitante. La indicación de una fecha para cualquier categoría indica que solo los solicitantes con una fecha de prioridad anterior a la fecha indicada pueden presentar su solicitud.

Visite www.uscis.gov/visabulletininfo para obtener información sobre si USCIS ha determinado que esta tabla puede usarse (en lugar de la tabla del párrafo 4.A.) este mes para presentar solicitudes de ajuste de estatus ante USCIS.

</t r>

Patrocinado por la familia Todas las áreas de imputabilidad, excepto aquellas Listado Nacido en China continental INDIA MÉXICO FILIPINAS 
F1 01SEP17 01SEP17 01SEP17 01JUN06 22ABR15
F2A 01ABR25 01ABR25 01ABR25 01ABR25 01ABR25
F2B 01ENE17 01ENE17 01ABR08 01OCT13
F3 22JUL12 22JUL12 22JUL12 15JUN01 01DIC04
F4 01ENE09 01JAN09 01DIC06 30ABR01 01ENE08

5. El artículo 203(b) de la INA establece las siguientes clases de preferencia para la asignación de visas de inmigrante basadas en el empleo:

PREFERENCIAS BASADAS EN EL EMPLEO

Primera: Trabajadores Prioritarios: 28.6% del nivel mundial de preferencia basada en el empleo, más cualquier cantidad no requerida para las preferencias cuarta y quinta.

Segundo: Miembros de las Profesiones con Títulos Avanzados o Personas con Capacidades Excepcionales: 28.6% del nivel mundial de preferencia basada en el empleo, más cualquier cantidad no requerida por la primera preferencia.

Tercero: Trabajadores Calificados, Profesionales y Otros Trabajadores: 28.6% del nivel mundial, más cualquier cantidad no requerida por la primera y segunda preferencia, no más de 10,000 de los cuales a «*Otros Trabajadores».

Cuarto: Ciertos Inmigrantes Especiales: 7.1% del nivel mundial.

Quinto: Creación de Empleo: 7.1% del nivel mundial, del cual el 32% se reserva de la siguiente manera: 20% reservado para inmigrantes calificados que invierten en una zona rural; El 10 % se reserva para inmigrantes calificados que invierten en zonas con alto desempleo; y el 2 % se reserva para inmigrantes calificados que invierten en proyectos de infraestructura. El 68 % restante no está reservado y se asigna a todos los demás inmigrantes calificados.

A. FECHAS DE ACCIÓN FINAL PARA CASOS DE PREFERENCIA BASADOS EN EL EMPLEO

En la tabla a continuación, la indicación de una fecha para cualquier clase indica que la clase tiene exceso de solicitudes (véase el párrafo 1); «C» significa vigente, es decir, se autoriza la emisión de solicitudes a todos los solicitantes calificados; y «U» significa no autorizado, es decir, no se autoriza la emisión de solicitudes. (NOTA: Solo se autoriza la emisión de solicitudes a solicitantes cuya fecha de prioridad sea anterior a la fecha de acción final que se indica a continuación).

Basado en el empleo Todas las áreas de imputabilidad excepto
aquellas Listado
Nacido en China continental INDIA MÉXICO FILIPINAS
1.º C 15 de noviembre de 2022 15 de febrero de 2022 C C
2.º 01/09/2023 15/12/2020 01/01/2013 01/09/2023 01/09/2023
3.º 01/04/2023 01/01/2020 22/05/2013 01/04/2023 08/02/2023
Otro Trabajadores 08JUL21 01MAY17 22MAY13 08JUL21 08JUL21
4.º U U U U U
Ciertos trabajadores religiosos U U U U U
5.º Sin reserva
(incluido C5, T5, I5, R5, NU, RU)
C 08DIC15 15NOV19 C C
5.ª Reserva:
Rural (20 %, incluyendo NR, RR)
C C C C C
5.ª Reserva:
Alto desempleo (10 %, incluyendo NH, RH)
C C C C C
5.ª Reserva:
Infraestructura (2 %, incluyendo IR)
C C C C C

*Categoría de Otros Trabajadores de Tercera Preferencia para Empleo: La Sección 203(e) de la Ley de Ayuda a Nicaragua y Centroamérica (NACARA), aprobada por el Congreso en noviembre de 1997, enmendada por la Sección 1(e) de la Ley Pública 105-139, dispone que una vez que la fecha límite para la categoría de Otros Trabajadores (EW) de Tercera Preferencia para Empleo alcance la fecha de prioridad de la última solicitud de EW aprobada antes del 19 de noviembre de 1997, las 10,000 plazas de EW disponibles para un año fiscal se reducirán en hasta 5,000 anualmente a partir del año fiscal siguiente. Esta reducción se mantendrá durante el tiempo que sea necesario para compensar los ajustes del programa NACARA. Dado que la fecha límite de acción final para visas de trabajo (EW) fue el 19 de noviembre de 1997 durante el año fiscal 2001, la reducción del límite anual de visas de trabajo (EW) a 5000 comenzó en el año fiscal 2002. Para el año fiscal 2025, esta reducción se limitará a aproximadamente 150.

B. FECHAS PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE VISA DE EMPLEO

La tabla a continuación muestra las fechas para presentar las solicitudes de visa dentro de un plazo que justifique la acción inmediata en el proceso de solicitud. Los solicitantes de visas de inmigrante con una fecha de prioridad anterior a la fecha de solicitud indicada en la tabla pueden reunir y presentar la documentación requerida al Centro Nacional de Visas del Departamento de Estado, tras recibir una notificación del Centro Nacional de Visas con instrucciones detalladas. La fecha de solicitud para una categoría con exceso de solicitudes es la fecha de prioridad del primer solicitante que no puede presentar la documentación al Centro Nacional de Visas para una visa de inmigrante. Si se designa una categoría“Actual”: todos los solicitantes de la categoría pertinente pueden presentar su solicitud, independientemente de la fecha de prioridad.

La indicación “C” indica que la categoría está vigente y que las solicitudes pueden presentarse independientemente de la fecha de prioridad del solicitante. La indicación de una fecha para cualquier categoría indica que solo los solicitantes con una fecha de prioridad anterior a la indicada pueden presentar su solicitud.

Visite www.uscis.gov/visabulletininfo para obtener información sobre si USCIS ha determinado que esta tabla puede usarse (en lugar de la tabla del párrafo 5.A.) este mes para presentar solicitudes de ajuste de estatus ante USCIS.

Basado en el empleo Todas las áreas de imputabilidad, excepto
aquellas Listado
Nacido en China continental INDIA MÉXICO  FILIPINAS 
1.º C 01ENE23 15ABR22 C C
2.º 15 de noviembre de 2023 1 de enero de 2021 1 de febrero de 2013 15 de noviembre de 2023 15 de noviembre de 2023
3.º 1 de mayo de 2023 22 de diciembre de 2020 8 de junio de 2013 1 de mayo de 2023 1 de mayo de 2023
Otro Trabajadores 22JUL21 01ENE18 08JUN13 22JUL21 22JUL21
4.º 01FEB21 01FEB21 01FEB21 01FEB21 01FEB21
Ciertas religiones Trabajadores 01FEB21 01FEB21 01FEB21 01FEB21 01FEB21
5.º Sin Reserva
(incluidos C5, T5, I5, R5)
C 01OCT16 01ABR22 C C
5.º Reservado:
(Rural: NR, RR – 20%)
C C C C C
5.ª Reserva:
(Alto desempleo: NH, RH – 10%)
C C C C
5.ª Reserva:
(Infraestructura: RI – 2%)
C C C C C

B. CATEGORÍA DE INMIGRANTE DE DIVERSIDAD (DV) PARA EL MES DE AGOSTO

La Sección 203(c) de la INA otorga hasta 55,000 visas de inmigrante cada año fiscal para brindar oportunidades de inmigración adicionales a personas de países con bajas admisiones durante los cinco años anteriores. La NACARA estipula que, a partir de la DV-99, y durante el tiempo que sea necesario, hasta 5,000 de las 55,000 visas de diversidad asignadas anualmente estarán disponibles para su uso bajo el programa NACARA. La cantidad de visas disponibles para los solicitantes de NACARA en el año fiscal 2024 reducirá el límite anual de visas de diversidad (DV) para 2025 a aproximadamente 54,850. La Sección 5104 de la Ley de Autorización de Defensa Nacional (NDAA) para el año fiscal 2024 modificó las disposiciones de NACARA sobre el programa DV, de modo que la cantidad de visas disponibles bajo la NDAA cada año fiscal se deducirá de las 55,000 DV asignadas anualmente. Estas modificaciones reducirán aún más el límite anual de DV para 2025 a aproximadamente 52,000. Las DV se dividen en seis regiones geográficas. Ningún país puede recibir más del siete por ciento de las visas de diversidad disponibles en un año.

Para agosto, la cantidad de inmigrantes en la categoría DV está disponible para los solicitantes calificados de DV para 2025, con cargo a todas las regiones/países elegibles, como se detalla a continuación. Cuando se muestra un número límite de asignación, las visas solo están disponibles para solicitantes con un número de clasificación en la lotería regional de visas de veterano (DV) DEBAJO del número límite de asignación especificado:

Región Todas las áreas de cobro de visas de veterano (DV) excepto las que se enumeran por separado
ÁFRICA 50 000 Excepto: Argelia 49 950
Egipto 43 250
Marruecos 40.500
ASIA 11.000 Excepto: Irán 10.650
Nepal 10.650
EUROPA 22.000 Excepto: Rusia 21.950
Uzbekistán 13.000
AMÉRICA DEL NORTE (BAHAMAS) Actual
OCEANÍA 1700
SUDAMÉRICA
y el CARIBE
2600

El derecho a la condición de inmigrante en la categoría DV dura solo hasta el final del año fiscal (de visa) para el cual el solicitante es seleccionado en la lotería. El año de derecho para todos los solicitantes registrados en el programa DV-2025 finaliza el 30 de septiembre de 2025. No se podrán emitir visas DV a los solicitantes DV-2025 después de esa fecha. De manera similar, los cónyuges e hijos que acompañen o se unan a los directores del DV-2025 solo tienen derecho al estado DV derivado hasta el 30 de septiembre de 2025.5. La disponibilidad de visas DV hasta finales del año fiscal 2025 no se puede dar por sentado. Las plazas podrían agotarse antes del 30 de septiembre.

C. PUNTOS DE CORTE DE LA CATEGORÍA DE INMIGRANTES DE DIVERSIDAD (DV) QUE SE APLICARÁN EN SEPTIEMBRE

Para septiembre, las plazas de inmigrantes en la categoría DV están disponibles para los solicitantes calificados de DV-2025, con cargo a todas las regiones/países elegibles, como se indica a continuación. Cuando se muestra un número límite de asignación, las visas solo están disponibles para solicitantes con un número de clasificación en la lotería regional de visas de veterano (DV) DEBAJO del número límite de asignación especificado:

Región Todas las áreas de cobro de visas de veterano (DV) excepto las que se enumeran por separado
ÁFRICA 58,500 Excepto: Argelia 54,500
Egipto 52,000
Marruecos 40.500
ASIA 14.500 Excepto: Irán 11.000
Nepal 14.450
EUROPA 23.000 Excepto: Rusia 22.950
Uzbekistán 15.000
AMÉRICA DEL NORTE (BAHAMAS) Actual
OCEANÍA 1775
SUDAMÉRICA
y el CARIBE
2825

D. RETROCESO EN LA CATEGORÍA DE SEGUNDA PREFERENCIA BASADA EN EL EMPLEO (EB-2) PARA LOS PAÍSES DEL RESTO DEL MUNDO

Debido al aumento en el uso de números, se ha hecho necesario retroceder la fecha de acción final de la EB-2 para los países del Resto del Mundo. El total de emisiones en esta categoría se acerca rápidamente al límite anual para el año fiscal 2025, lo que requiere esta desaceleración en las tasas de emisión. Es probable que el límite anual se alcance en agosto, o incluso antes. Tenga en cuenta que si en algún momento se alcanzara el límite anual de EB-2, sería necesario declarar inmediatamente la categoría de preferencia como «no disponible» y no se atenderían más solicitudes de números. Esta situación se supervisará continuamente y se realizarán los ajustes necesarios.

E. DISPONIBILIDAD DE VISAS EN LAS CATEGORÍAS DE TERCERA PREFERENCIA BASADA EN EL EMPLEO (EB-3) Y OTROS TRABAJADORES (EW)

La demanda de visas y el uso de números se mantienen altos en las categorías de visa EB-3 y EW, y el total de emisiones se acerca a los límites anuales para el año fiscal 2025 en dichas categorías. Probablemente sea necesario retrasar las fechas de acción final o declarar las categorías como «No Disponibles» en septiembre, o incluso antes. Esta situación se supervisará continuamente y se realizarán los ajustes necesarios.

F. DISPONIBILIDAD DE VISAS EN LA CATEGORÍA SIN RESERVA DE QUINTA PREFERENCIA BASADA EN EL EMPLEO (EB-5) PARA CHINA

En el Boletín de Visas de abril de 2025, la fecha de acción final para la visa EB-5 sin reserva para China se retrasó debido a la alta demanda del resto del mundo. En los meses posteriores, el uso del número EB-5 no se materializó al nivel esperado. En consecuencia, y de acuerdo con la INA 202(a)(5), la fecha de acción final para la visa EB-5 sin reserva para China se ha adelantado para permitir el uso continuo del número EB-5 sin reserva. Tenga en cuenta que si en algún momento se alcanzara el límite anual de visas EB-5 sin reserva, sería necesario declarar inmediatamente la categoría de preferencia como «no disponible» y no se atenderían más solicitudes de visas.

G. DISPONIBILIDAD DE VISAS EN LA CATEGORÍA DE QUINTA PREFERENCIA (EB-5) SIN RESERVA BASADA EN EL EMPLEO PARA INDIA

En el Boletín de Visas de abril de 2025, se retrasó la fecha de tramitación final de la visa EB-5 sin reserva para India debido a la alta demanda. Se prevé que India tenga números de preferencia de patrocinio familiar sin utilizar que, según la INA 202(a)(2), puedan utilizarse en las categorías basadas en el empleo, incluida la visa EB-5 sin reserva. Por consiguiente, se ha adelantado la fecha de tramitación final de la visa EB-5 sin reserva para utilizar estos números disponibles. Tenga en cuenta que si en algún momento se alcanzara el límite anual de visas EB-5 sin reserva, sería necesario declarar inmediatamente la categoría de preferencia como «no disponible» y no se atenderían más solicitudes de número.

H. VISAS ESPECIALES DE INMIGRANTE (SIV) PARA EMPLEADOS DEL GOBIERNO DE EE. UU.

La Ley de Autorización de Defensa Nacional (NDAA) para el año fiscal 2024, promulgada el 22 de diciembre de 2023, podría afectar a ciertos empleados actuales y anteriores del Gobierno de EE. UU. en el extranjero, así como a ciertos cónyuges e hijos sobrevivientes de empleados fallecidos del Gobierno de EE. UU. en el extranjero que soliciten una SIV o un ajuste de estatus, como se describe en la sección 101(a)(27)(D) de la INA. Esto no afecta a ciertos iraquíes y afganos que soliciten una SIV SQ y una SIV. Los solicitantes deben comunicarse con la sección consular donde presentaron su Formulario DS-1884 para obtener más información sobre el impacto de dicha ley en su caso.

I. PARA OBTENER LA INFORMACIÓN MÁS RECIENTE SOBRE EL TRÁMITE DE VISAS EN LAS EMBAJADAS Y CONSULADOS DE EE. UU., VISITE EL SITIO WEB DE LA OFICINA DE ASUNTOS CONSULARES EN TRAVEL.STATE.GOV

Publicación 9514 del Departamento de Estado

CA/VO: 2 de julio de 2025

Boletín de Visitas para agosto de 2025

Publicação 9514 do Departamento de Estado

Publicação 9514 do Departamento de Estado

CA/VO: 2 de julho de 2025

Nuestras últimas noticias ofrecen una visión completa y detallada del panorama internacional.

Carregando...
Carregando...
Carregando...