VISA FINDER

Abogado de inmigración

Boletín de Visas

01/10/2025

Boletín de Visas Noviembre 2025 | Visa Finder

Número 8
Volumen XI
Washington, D. C.

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A. NÚMEROS ESTATUTARIOS PARA VISAS DE INMIGRANTE POR CATEGORÍAS DE PREFERENCIA

Este boletín resume la disponibilidad de números de inmigrante durante noviembre para: “Fechas de Acción Final” y “Fechas para Presentar Solicitudes”, indicando cuándo los solicitantes de visas de inmigrante deben ser notificados para reunir y presentar la documentación requerida ante el Centro Nacional de Visas.

Salvo que se indique lo contrario en el sitio web del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) en
www.uscis.gov/visabulletininfo
, las personas que deseen presentar solicitudes de ajuste de estatus ante USCIS deben usar las tablas de “Fechas de Acción Final” que aparecen a continuación para determinar cuándo pueden presentar dichas solicitudes. Cuando USCIS determina que hay más visas de inmigrante disponibles para el año fiscal que los solicitantes conocidos para dichas visas, USCIS indicará en su sitio web que los solicitantes pueden usar en su lugar las tablas de “Fechas para Presentar Solicitudes de Visa” de este boletín.

Procedimientos para determinar las fechas. Los funcionarios consulares deben informar al Departamento de Estado sobre los solicitantes documentalmente calificados para visas numéricamente limitadas. USCIS informa sobre los solicitantes de ajuste de estatus. Las asignaciones en las tablas siguientes se realizaron, en la medida de lo posible, en orden cronológico de las fechas de prioridad reportadas, para la demanda recibida hasta el 1 de octubre. Si no fuera posible satisfacer toda la demanda, la categoría o el país extranjero en el que la demanda fuera excesiva se consideraría sobre suscrito. La fecha de acción final para una categoría sobre suscrita es la fecha de prioridad del primer solicitante que no pudo ser atendido dentro de los límites numéricos. Si fuera necesario durante el proceso de asignación mensual retroceder una fecha de acción final, las solicitudes suplementarias de números solo serán atendidas si la fecha de prioridad se encuentra dentro de la nueva fecha de acción final anunciada en este boletín. Si en algún momento se alcanzara un límite anual, sería necesario declarar la categoría de preferencia “no disponible” de inmediato, y no se atenderían más solicitudes de números.

El límite del año fiscal 2026 para inmigrantes de preferencia patrocinados por la familia, determinado de conformidad con la Sección 201 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), es de 226,000. El nivel mundial anual para inmigrantes de preferencia basados en el empleo es de al menos 140,000. La Sección 202 establece que el límite por país para inmigrantes de preferencia se fija en 7% del total anual de los límites de preferencia patrocinados por la familia y basados en el empleo, es decir, 25,620. El límite para áreas dependientes se fija en 2%, o 7,320.

La Sección 203(e) de la INA establece que las visas de preferencia patrocinadas por la familia y basadas en el empleo se otorguen a los inmigrantes elegibles en el orden en que se haya presentado una petición en nombre de cada uno. La Sección 203(d) dispone que los cónyuges e hijos de inmigrantes de preferencia tienen derecho al mismo estatus, y al mismo orden de consideración, si acompañan o se reúnen posteriormente con el titular principal. Las disposiciones de prorrateo de visas de la Sección 202(e) se aplican a las asignaciones para un país extranjero o área dependiente cuando la emisión de visas excederá el límite por país. Estas disposiciones se aplican actualmente a las siguientes áreas de carga sobre suscritas: CHINA continental, INDIA, MÉXICO y FILIPINAS.

La Sección 203(a) de la INA establece clases de preferencia para la asignación de visas de inmigrante patrocinadas por la familia de la siguiente manera:

PREFERENCIAS PATROCINADAS POR LA FAMILIA

Primera: (F1) Hijos e hijas solteros de ciudadanos estadounidenses: 23,400 más cualquier número no requerido para la cuarta preferencia.

Segunda: Cónyuges e hijos, e hijos e hijas solteros de residentes permanentes: 114,200, más la cantidad (si la hubiera) en que el nivel mundial de preferencia familiar exceda 226,000, más cualquier número no utilizado de la primera preferencia:

A. (F2A) Cónyuges e hijos de residentes permanentes: 77% del límite general de la segunda preferencia, de los cuales 75% están exentos del límite por país.

B. (F2B) Hijos e hijas solteros (de 21 años de edad o mayores) de residentes permanentes: 23% del límite general de la segunda preferencia.

Tercera: (F3) Hijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses: 23,400, más cualquier número no requerido por la primera y segunda preferencias.

Cuarta: (F4) Hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses adultos: 65,000, más cualquier número no requerido por las tres primeras preferencias.

A. FECHAS DE ACCIÓN FINAL PARA CASOS DE PREFERENCIA PATROCINADOS POR LA FAMILIA

En la tabla siguiente, la inclusión de una fecha para cualquier clase indica que la clase está sobre suscrita (ver párrafo 1). «C» significa vigente, es decir, los números están autorizados para su emisión a todos los solicitantes calificados. «U» significa no autorizado, es decir, los números no están autorizados para su emisión. (NOTA: Los números están autorizados para su emisión solo para los solicitantes cuya fecha de prioridad sea anterior a la fecha de acción final indicada a continuación.)

Patrocinio familiar Todas las áreas de carga excepto las indicadas CHINA continental nacidos INDIA MÉXICO FILIPINAS
F1 08NOV16 08NOV16 08NOV16 22NOV05 22JAN13
F2A 01FEB24 01FEB24 01FEB24 01FEB23 01FEB24
F2B 01DEC16 01DEC16 01DEC16 15DEC07 01OCT12
F3 08SEP11 08SEP11 08SEP11 01MAY01 22SEP04
F4 08JAN08 08JAN08 01NOV06 08APR01 22MAR06
22MAR05
22MAR05
22DEC10
01FEB16
01FEB16

 

Para noviembre, los números F2A EXENTOS del límite por país están autorizados para su emisión a solicitantes de todos los países con fechas de prioridad anteriores al 01FEB23. Los números F2A SUJETOS al límite por país están autorizados para su emisión a solicitantes cuya carga se atribuye a todos los países EXCEPTO MÉXICO, con fechas de prioridad que comienzan el 01FEB23 y anteriores al 01FEB24. Todos los números F2A provistos para MÉXICO están exentos del límite por país.

B. FECHAS PARA PRESENTAR SOLICITUDES DE VISAS PATROCINADAS POR LA FAMILIA

La tabla siguiente refleja las fechas para presentar solicitudes de visa dentro de un marco temporal que justifica la acción inmediata en el proceso de solicitud. Los solicitantes de visas de inmigrante que tienen una fecha de prioridad anterior a la fecha de solicitud indicada en la tabla pueden reunir y presentar los documentos requeridos al Centro Nacional de Visas del Departamento de Estado, después de recibir la notificación del Centro Nacional de Visas que contiene instrucciones detalladas. La fecha de solicitud para una categoría sobre suscrita es la fecha de prioridad del primer solicitante que no puede presentar documentación al Centro Nacional de Visas para una visa de inmigrante. Si una categoría se designa como “vigente” (current), todos los solicitantes de la categoría correspondiente pueden presentar solicitudes, sin importar su fecha de prioridad.

La indicación “C” señala que la categoría está vigente y que las solicitudes pueden presentarse sin importar la fecha de prioridad del solicitante. La inclusión de una fecha para cualquier categoría indica que solo los solicitantes con una fecha de prioridad anterior a la fecha indicada pueden presentar su solicitud.

Visite www.uscis.gov/visabulletininfo
para obtener información sobre si USCIS ha determinado que esta tabla puede usarse (en lugar de la tabla del párrafo 4.A.) este mes para presentar solicitudes de ajuste de estatus ante USCIS.

Patrocinio familiar Todas las áreas de carga excepto las indicadas CHINA continental nacidos INDIA MÉXICO FILIPINAS
F1 01SEP17 01SEP17 01SEP17 01MAR07 22APR15
F2A 22OCT25 22OCT25 22OCT25 22OCT25 22OCT25
F2B 08MAR17 08MAR17 08MAR17 15MAY09 01OCT13
F3 22JUL12 22JUL12 22JUL12 01JUL01 01NOV05
F4 01MAR09 01MAR09 15DEC06 30APR01 01JAN08

5. La Sección 203(b) de la INA establece clases de preferencia para la asignación de visas de inmigrante basadas en el empleo de la siguiente manera:

PREFERENCIAS BASADAS EN EL EMPLEO

Primera: Trabajadores prioritarios: 28.6% del nivel mundial de preferencia basada en el empleo, más cualquier número no requerido para las cuartas y quintas preferencias.

Segunda: Miembros de las profesiones con títulos avanzados o personas de habilidad excepcional: 28.6% del nivel mundial de preferencia basada en el empleo, más cualquier número no requerido por la primera preferencia.

Tercera: Trabajadores calificados, profesionales y otros trabajadores: 28.6% del nivel mundial, más cualquier número no requerido por la primera y segunda preferencias, de los cuales no más de 10,000 se asignan a “*Otros Trabajadores”.

Cuarta: Ciertos inmigrantes especiales: 7.1% del nivel mundial.

Quinta: Creación de empleo: 7.1% del nivel mundial, de los cuales 32% se reservan de la siguiente manera: 20% reservado para inmigrantes calificados que invierten en una zona rural; 10% reservado para inmigrantes calificados que invierten en una zona de alto desempleo; y 2% reservado para inmigrantes calificados que invierten en proyectos de infraestructura. El 68% restante no está reservado y se asigna a todos los demás inmigrantes calificados.

A. FECHAS DE ACCIÓN FINAL PARA CASOS DE PREFERENCIA BASADOS EN EL EMPLEO

En la tabla siguiente, la inclusión de una fecha para cualquier clase indica que la clase está sobre suscrita (ver párrafo 1). «C» significa vigente, es decir, los números están autorizados para su emisión a todos los solicitantes calificados. «U» significa no autorizado, es decir, los números no están autorizados para su emisión. (NOTA: Los números están autorizados para su emisión solo para los solicitantes cuya fecha de prioridad sea anterior a la fecha de acción final indicada a continuación.)

Basadas en el empleo Todas las áreas de carga excepto las indicadas CHINA continental nacidos INDIA MÉXICO FILIPINAS
1st C 22DEC22 15FEB22 C C
2nd 01DEC23 01APR21 01APR13 01DEC23 01DEC23
3rd 01APR23 01MAR21 22AUG13 01APR23 01APR23
Other Workers 15JUL21 01DEC17 22AUG13 15JUL21 15JUL21
4th 01JUL20 01JUL20 01JUL20 01JUL20 01JUL20
Certain Religious Workers U U U U U
5th Unreserved (including C5, T5, I5, R5, NU, RU) C 08DEC15 01FEB21 C C
5th Set Aside: Rural (20%, including NR, RR) C C C C C
5th Set Aside: High Unemployment (10%, including NH, RH) C C C C C
5th Set Aside: Infrastructure (2%, including RI) C C C C C

*Categoría de Otros Trabajadores de la Tercera Preferencia Basada en el Empleo: La Sección 203(e) de la Ley de Ayuda para Nicaragüenses y Centroamericanos (NACARA), aprobada por el Congreso en noviembre de 1997, enmendada por la Sección 1(e) de la Ley Pública 105-139, establece que, una vez que la fecha límite de la categoría de Otros Trabajadores de la Tercera Preferencia Basada en el Empleo (EW) haya alcanzado la fecha de prioridad de la última petición EW aprobada antes del 19 de noviembre de 1997, los 10,000 números EW disponibles para un año fiscal se reducirán en hasta 5,000 anualmente a partir del año fiscal siguiente. Esta reducción se hará durante el tiempo que sea necesario para compensar los ajustes bajo el programa NACARA. Dado que la fecha de acción final EW alcanzó el 19 de noviembre de 1997 durante el año fiscal 2001, la reducción del límite anual EW a 5,000 comenzó en el año fiscal 2002. Para el año fiscal 2026 esta reducción se limitará a aproximadamente 150.

B. FECHAS PARA PRESENTAR SOLICITUDES DE VISAS BASADAS EN EL EMPLEO

La tabla siguiente refleja las fechas para presentar solicitudes de visa dentro de un marco temporal que justifica la acción inmediata en el proceso de solicitud. Los solicitantes de visas de inmigrante que tienen una fecha de prioridad anterior a la fecha de solicitud indicada en la tabla pueden reunir y presentar los documentos requeridos al Centro Nacional de Visas del Departamento de Estado, después de recibir la notificación del Centro Nacional de Visas que contiene instrucciones detalladas. La fecha de solicitud para una categoría sobre suscrita es la fecha de prioridad del primer solicitante que no puede presentar documentación al Centro Nacional de Visas para una visa de inmigrante. Si una categoría se designa como “vigente” (current), todos los solicitantes de la categoría correspondiente pueden presentar solicitudes, sin importar su fecha de prioridad.

La indicación “C” señala que la categoría está vigente y que las solicitudes pueden presentarse sin importar la fecha de prioridad del solicitante. La inclusión de una fecha para cualquier categoría indica que solo los solicitantes con una fecha de prioridad anterior a la fecha indicada pueden presentar su solicitud.

Visite www.uscis.gov/visabulletininfo
para obtener información sobre si USCIS ha determinado que esta tabla puede usarse (en lugar de la tabla del párrafo 5.A.) este mes para presentar solicitudes de ajuste de estatus ante USCIS.

Basadas en el empleo Todas las áreas de carga excepto las indicadas CHINA continental nacidos INDIA MÉXICO FILIPINAS
1st C 15MAY23 15APR23 C C
2nd 15JUL24 01DEC21 01DEC13 15JUL24 15JUL24
3rd 01JUL23 01JAN22 15AUG14 01JUL23 01JUL23
Other Workers 01DEC21 01OCT18 15AUG14 01DEC21 01DEC21
4th 15FEB21 15FEB21 15FEB21 15FEB21 15FEB21
Certain Religious Workers U U U U U
5th Unreserved (including C5, T5, I5, R5) C 01JUL16 01APR22 C C
5th Set Aside: (Rural: NR, RR – 20%) C C C C C
5th Set Aside: (High Unemployment: NH, RH – 10%) C C C C C
5th Set Aside: (Infrastructure: RI – 2%) C C C C C

B. CATEGORÍA DE INMIGRANTE POR DIVERSIDAD (DV) PARA EL MES DE NOVIEMBRE

La Sección 203(c) de la INA prevé hasta 55,000 visas de inmigrante cada año fiscal para permitir oportunidades adicionales de inmigración para personas de países con bajos niveles de admisión durante los cinco años anteriores. NACARA estipula que, a partir de DV-99 y durante el tiempo necesario, hasta 5,000 de las 55,000 visas de diversidad asignadas anualmente se pondrán a disposición para su uso bajo el programa NACARA. Los números de visas puestos a disposición de los solicitantes NACARA en el año fiscal 2025 darán lugar a una reducción del límite anual DV-2026 a aproximadamente 54,850. La Sección 5104 de la Ley de Autorización de la Defensa Nacional (NDAA) para el año fiscal 2024 modificó las disposiciones de NACARA sobre el programa DV de modo que la cantidad de visas disponibles bajo la NDAA cada año fiscal se deducirá de las 55,000 DV asignadas anualmente. Estas enmiendas reducirán aún más el límite anual DV-2026 a aproximadamente 52,000. Las DV se dividen entre seis regiones geográficas. Ningún país puede recibir más del siete por ciento de las visas de diversidad disponibles en un año determinado.

Para noviembre, los números de inmigrante en la categoría DV están disponibles para solicitantes DV-2026 calificados cuya carga se atribuye a todas las regiones/países elegibles como se indica a continuación. Cuando se muestra un número de corte de asignación, las visas están disponibles solo para solicitantes con números de rango de lotería regional DV INFERIORES al número de corte de asignación especificado:

Región Todas las áreas de carga DV excepto las indicadas por separado
ÁFRICA 17,500 Excepto: Algeria 14,500 Egypt 16,000
ASIA 10,000 Excepto: Nepal 6,000
EUROPA 7,750
NORTEAMÉRICA (BAHAMAS) 20
OCEANÍA 1,100
SUDAMÉRICA, y el CARIBE 1,850

El derecho al estatus de inmigrante en la categoría DV solo dura hasta el final del año fiscal (de visas) para el cual el solicitante fue seleccionado en la lotería. El año de derecho para todos los solicitantes registrados en el programa DV-2026 finaliza el 30 de septiembre de 2026. Las visas DV no pueden emitirse a solicitantes DV-2026 después de esa fecha. De manera similar, los cónyuges e hijos que acompañan o se reúnen posteriormente con los titulares principales DV-2026 solo tienen derecho a estatus DV derivado hasta el 30 de septiembre de 2026. La disponibilidad de visas DV hasta el final del año fiscal 2026 no puede darse por sentada. Los números podrían agotarse antes del 30 de septiembre.

C. CORTES DE RANGO DE LA CATEGORÍA DE INMIGRANTE POR DIVERSIDAD (DV) QUE SE APLICARÁN EN DICIEMBRE

Para diciembre, los números de inmigrante en la categoría DV están disponibles para solicitantes DV-2026 calificados cuya carga se atribuye a todas las regiones/países elegibles como se indica a continuación. Cuando se muestra un número de corte de asignación, las visas están disponibles solo para solicitantes con números de rango de lotería regional DV INFERIORES al número de corte de asignación especificado:

Región Todas las áreas de carga DV excepto las indicadas por separado
ÁFRICA 17,500 Excepto: Algeria 17,250 Egypt 16,000
ASIA 10,000 Excepto: Nepal 6,000
EUROPA 7,750
NORTEAMÉRICA (BAHAMAS) 20
OCEANÍA 1,100
SUDAMÉRICA, y el CARIBE 1,850

D. VENCIMIENTO DE LA CATEGORÍA DE TRABAJADORES RELIGIOSOS (SR) DE LA CUARTA PREFERENCIA BASADA EN EL EMPLEO

H.R. 1968, firmada el 15 de marzo de 2025, extendió la categoría de Ciertos Trabajadores Religiosos (SR) de la Cuarta Preferencia Basada en el Empleo hasta el 30 de septiembre de 2025. No podrán emitirse visas SR en el extranjero, ni tomarse decisiones finales sobre casos de ajuste de estatus, después de la medianoche del 29 de septiembre de 2025.

La fecha de acción final para esta categoría se ha indicado como “No disponible” para noviembre. En caso de que haya acción legislativa que extienda la categoría, es probable que se torne disponible con efecto inmediato. Si se extiende, la categoría estará sujeta a las mismas fechas de acción final que las demás categorías de la Cuarta Preferencia Basada en el Empleo según el país extranjero de carga correspondiente.

E. RESULTADOS DE LA LOTERÍA DE VISAS POR DIVERSIDAD 2026 (DV-2026)

El Centro Consular de Kentucky en Williamsburg, Kentucky, ha registrado y notificado a los seleccionados que son elegibles para participar en el programa de Visas por Diversidad (DV) DV-2026. La selección aleatoria de participantes DV se llevó a cabo conforme a los términos de la Sección 203(c) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, que pone a disposición hasta *55,000 visas de residente permanente anuales para personas de países con bajas tasas de inmigración a los Estados Unidos. Aproximadamente 129,516 solicitantes potenciales (es decir, seleccionados y sus cónyuges e hijos) han sido registrados, pueden confirmar su selección y podrían ser elegibles para presentar una solicitud de visa de inmigrante. Dado que la selección es aleatoria y no tiene en cuenta la cantidad de miembros de la familia que podrían inmigrar con el seleccionado, y es probable que algunos de los seleccionados no completen sus casos o se consideren no elegibles para una visa, esta cifra mayor debería asegurar que todos los números DV-2026 puedan utilizarse durante el año fiscal 2026 (AF26: del 1 de octubre de 2025 al 30 de septiembre de 2026).

Los participantes registrados para el programa DV-2026 fueron seleccionados al azar de entre 20,822,624 inscripciones calificadas recibidas durante el período de solicitud de 37 días que se extendió desde el mediodía, hora de verano del este, del miércoles 2 de octubre de 2024 hasta el mediodía, hora estándar del este, del jueves 7 de noviembre de 2024. Las visas se distribuirán entre las seis regiones geográficas para asegurar que como máximo siete por ciento se emitan a personas cuya carga se atribuye a un solo país. Durante la entrevista de visa, los solicitantes principales deben presentar prueba de educación secundaria o su equivalente, o dos años de experiencia laboral en una ocupación que requiera al menos dos años de formación o experiencia en los últimos cinco años. Los seleccionados deberán actuar con rapidez en sus solicitudes de visa de inmigrante. Los solicitantes deben seguir las instrucciones de su carta de notificación y completar en su totalidad todos los pasos requeridos.

Los seleccionados que se encuentren físicamente presentes con estatus legal en los Estados Unidos pueden solicitar el ajuste de su estatus comunicándose primero con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos para obtener información sobre los requisitos y procedimientos. Una vez que se hayan utilizado los *55,000 números de visa, el programa para el año fiscal 2026 finalizará. Los seleccionados que no reciban visas o estatus para el 30 de septiembre de 2026 no obtendrán beneficio alguno adicional de su registro DV-2026. De manera similar, los cónyuges e hijos que acompañan o se reúnen posteriormente con los solicitantes principales DV-2026 solo tienen derecho a estatus DV derivado hasta el 30 de septiembre de 2026.

Las fechas del período de inscripción para el programa DV-2027 se darán a conocer ampliamente en los próximos meses. Quienes estén interesados en participar en el programa DV-2027 deben consultar la página web de Visas por Diversidad del Departamento de Estado en los próximos meses.

*La Ley de Ayuda para Nicaragüenses y Centroamericanos (NACARA), aprobada por el Congreso en noviembre de 1997, estipuló que hasta 5,000 de las 55,000 visas de diversidad asignadas anualmente se pusieran a disposición para su uso bajo el programa NACARA. Esto dará lugar a una reducción del límite anual DV-2026 a aproximadamente 54,850. Además, la Sección 5104 de la Ley de Autorización de la Defensa Nacional (NDAA) para el año fiscal 2024 modificó las disposiciones de NACARA sobre el programa de Visas por Diversidad de modo que la cantidad de visas disponibles bajo la NDAA también se deducirá de las 55,000 DV asignadas anualmente. Esto dará lugar a una reducción adicional del límite anual DV-2026 a aproximadamente 51,850.

A continuación se presenta la distribución estadística por país de carga de los solicitantes potenciales (es decir, seleccionados y sus cónyuges e hijos) que han sido registrados para el programa DV-2026:

AFRICA
ALGERIA 5,457 ESWATINI 3 MOZAMBIQUE 4
ANGOLA 763 ETHIOPIA 3,287 NAMIBIA 3
BENIN 1,064 GABON 62 NIGER 109
BOTSWANA 7 GAMBIA, THE 198 RWANDA 1,252
BURKINA FASO 252 GHANA 1,642 SENEGAL 478
BURUNDI 1,616 GUINEA 1,051 SIERRA LEONE 639
CABO VERDE 35 GUINEA-BISSAU 10 SOMALIA 1,554
CAMEROON 3,533 KENYA 3,949 SOUTH AFRICA 187
CENTRAL AFRICAN REPUBLIC 19 LESOTHO 6 SOUTH SUDAN 72
CHAD 482 LIBERIA 1,593 SUDAN 5,226
COMOROS 12 LIBYA 276 TANZANIA 404
CONGO, DEMOCRATIC REPUBLIC OF THE 2,210 MADAGASCAR 48 TOGO 2,473
CONGO, REPUBLIC OF THE 448 MALAWI 159 TUNISIA 202
COTE D’IVOIRE 926 MALI 268 UGANDA 1,513
DJIBOUTI 204 MAURITANIA 261 ZAMBIA 236
EGYPT 5,527 MAURITIUS 2 ZIMBABWE 327
EQUATORIAL GUINEA 12 MOROCCO 3,670
ERITREA 206 Western Sahara 2
ASIA
AFGHANISTAN 4,200 JORDAN 1,092 SINGAPORE 6
BAHRAIN 18 KUWAIT 101 SRI LANKA 1,028
BHUTAN 278 LAOS 68 SYRIA 624
BURMA 1,540 LEBANON 141 TAIWAN 247
CAMBODIA 811 MALAYSIA 17 THAILAND 360
INDONESIA 385 MONGOLIA 227 TIMOR-LESTE 1
IRAN 4,137 NEPAL 3,933 UNITED ARAB EMIRATES 154
IRAQ 616 OMAN 11 YEMEN 2,449
ISRAEL 153 QATAR 66
JAPAN 141 SAUDI ARABIA 577
EUROPE
ALBANIA 1,590 GERMANY 420 POLAND 343
ARMENIA 2,639 GREECE 58 PORTUGAL 40
AUSTRIA 35 HUNGARY 121 Macau 5
AZERBAIJAN 1,817 IRELAND 30 ROMANIA 161
BELARUS 1,545 ITALY 267 RUSSIA 5,510
BELGIUM 26 KAZAKHSTAN 2,723 SERBIA 324
BOSNIA AND HERZEGOVINA 51 KOSOVO 172 SLOVAKIA 26
BULGARIA 142 KYRGYZSTAN 3,324 SLOVENIA 6
CROATIA 14 LATVIA 53 SPAIN 84
CYPRUS 8 LITHUANIA 79 SWEDEN 34
CZECH REPUBLIC 44 MOLDOVA 1,208 SWITZERLAND 22
DENMARK 8 MONTENEGRO 57 TAJIKISTAN 3,708
ESTONIA 17 NETHERLANDS 24 TURKEY 3,191
FINLAND 20 Aruba 4 TURKMENISTAN 2,542
FRANCE 309 NORTH MACEDONIA 165 UKRAINE 5,283
French Polynesia 1 NORTHERN IRELAND 10 UNITED KINGDOM 1,303
New Caledonia 4 NORWAY 6 UZBEKISTAN 3,754
GEORGIA 1,406
NORTH AMERICA
BAHAMAS, THE 23
OCEANIA
AUSTRALIA 599 MICRONESIA 1 SAMOA 14
Christmas Island 1 NAURU 8 SOLOMON ISLANDS 4
Cocos (Keeling) Islands 55 NEW ZEALAND 229 TONGA 100
COOK ISLANDS 24 Tokelau 4 VANUATU 13
FIJI 2,094 PAPUA NEW GUINEA 14
KIRIBATI 15 REPUBLIC OF PALAU 3
SOUTH AMERICA
ANTIGUA AND BARBUDA 2 ECUADOR 1,270 PERU 1,596
ARGENTINA 124 GRENADA 5 SAINT KITTS AND NEVIS 11
BARBADOS 3 GUATEMALA 367 SAINT LUCIA 9
BELIZE 2 GUYANA 24 SAINT VINCENT AND THE GRENADINES 8
BOLIVIA 269 NICARAGUA 167 SURINAME 8
CHILE 83 PANAMA 36 TRINIDAD AND TOBAGO 139
COSTA RICA 99 PARAGUAY 19 URUGUAY 13
DOMINICA 8

Los nativos de los siguientes países no eran elegibles para participar en DV-2026: Bangladesh, Brasil, Canadá, China (incluyendo la RAE de Hong Kong), Colombia, Cuba, República Dominicana, El Salvador, Haití, Honduras, India, Jamaica, México, Nigeria, Pakistán, Filipinas, Corea del Sur, Venezuela y Vietnam.

F. VISAS DE INMIGRANTE ESPECIAL (SIV) PARA EMPLEADOS DEL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS

La Ley de Autorización de la Defensa Nacional (NDAA) para el año fiscal 2024, firmada como ley el 22 de diciembre de 2023, puede afectar a ciertos empleados actuales y anteriores del Gobierno de los Estados Unidos en el extranjero, así como a ciertos cónyuges e hijos sobrevivientes de empleados fallecidos del Gobierno de los Estados Unidos en el extranjero, que solicitan SIV o ajuste de estatus, según lo descrito en la sección 101(a)(27)(D) de la INA. Esto no afecta a ciertos iraquíes y afganos que solicitan SIV SQ y SI. Los solicitantes deben comunicarse con la sección consular en la que presentaron su Formulario DS-1884 para obtener más información sobre el impacto de dicha ley en su caso.

F. PARA LA INFORMACIÓN MÁS RECIENTE SOBRE EL PROCESAMIENTO DE VISAS EN EMBAJADAS Y CONSULADOS DE LOS ESTADOS UNIDOS, VISITE EL SITIO WEB DE LA OFICINA DE ASUNTOS CONSULARES EN TRAVEL.STATE.GOV

Publicación 9514 del Departamento de Estado

CA/VO: 1 de octubre de 2025

Nuestras últimas noticias ofrecen una visión completa y detallada del panorama internacional.

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