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Boletín de Visas

02/06/2026

Boletín de Visas Junio 2026 | Visa Finder

 

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A. NÚMEROS ESTATUTARIOS PARA VISAS DE INMIGRANTE DE PREFERENCIA

Este boletín resume la disponibilidad de números de inmigrante durante junio para: “Fechas de Acción Final” y “Fechas para Presentar Solicitudes”, indicando cuándo se debe notificar a los solicitantes de visas de inmigrante que preparen y presenten la documentación requerida al Centro Nacional de Visas.

A menos que se indique lo contrario en el sitio web del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) en
www.uscis.gov/visabulletininfo, las personas que deseen presentar solicitudes de ajuste de estatus ante USCIS deben usar los cuadros de “Fechas de Acción Final” a continuación para determinar cuándo pueden presentar dichas solicitudes. Cuando USCIS determine que hay más visas de inmigrante disponibles para el año fiscal que solicitantes conocidos para dichas visas, USCIS indicará en su sitio web que los solicitantes pueden usar en su lugar los cuadros de “Fechas para Presentar Solicitudes de Visa” en este Boletín.

Procedimientos para determinar fechas. Los funcionarios consulares deben informar al Departamento de Estado sobre los solicitantes documentalmente calificados para visas numéricamente limitadas; USCIS informa sobre los solicitantes de ajuste de estatus. Las asignaciones en los cuadros a continuación se hicieron, en la medida de lo posible, en orden cronológico de las fechas de prioridad informadas, para la demanda recibida hasta el 4 de mayo. Si no se pudo satisfacer toda la demanda, se consideró sobresuscrita la categoría o el estado extranjero en el que la demanda fue excesiva. La fecha de acción final para una categoría sobresuscrita es la fecha de prioridad del primer solicitante al que no se pudo llegar dentro de los límites numéricos. Si durante el proceso mensual de asignación resulta necesario retroceder una fecha de acción final, las solicitudes suplementarias de números se aceptarán solo si la fecha de prioridad cae dentro de la nueva fecha de acción final anunciada en este boletín. Si en cualquier momento se alcanzara un límite anual, sería necesario declarar inmediatamente la categoría de preferencia como “no disponible”, y no se aceptarían más solicitudes de números.
El límite del año fiscal 2026 para inmigrantes de preferencia patrocinados por familiares, determinado de conformidad con la Sección 201 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), es de 226,000. El nivel mundial para inmigrantes de preferencia basados en empleo anual es de al menos 140,000. La Sección 202 prescribe que el límite por país para inmigrantes de preferencia se fija en el 7% del total de los límites anuales de preferencia patrocinados por familiares y basados en empleo, es decir, 25,620. El límite para áreas dependientes se fija en el 2%, o 7,320.
La Sección 203(e) de la INA dispone que las visas de preferencia patrocinadas por familiares y basadas en empleo se emitan a inmigrantes elegibles en el orden en que se haya presentado una petición en nombre de cada uno. La Sección 203(d) dispone que los cónyuges e hijos de inmigrantes de preferencia tienen derecho al mismo estatus y al mismo orden de consideración, si acompañan o siguen para reunirse con el principal. Las disposiciones de prorrateo de visas de la Sección 202(e) se aplican a las asignaciones para un estado extranjero o área dependiente cuando las emisiones de visas excedan el límite por país. Estas disposiciones se aplican actualmente a las siguientes áreas de asignación sobresuscritas: CHINA continental, INDIA, MÉXICO y FILIPINAS.
La Sección 203(a) de la INA prescribe las clases de preferencia para la asignación de visas de inmigrante patrocinadas por familiares de la siguiente manera:

PREFERENCIAS PATROCINADAS POR FAMILIARES

Primera: (F1) Hijos e Hijas Solteros de Ciudadanos Estadounidenses: 23,400 más cualquier número no requerido para la cuarta preferencia.

Segunda: Cónyuges e Hijos, e Hijos e Hijas Solteros de Residentes Permanentes: 114,200, más el número, si lo hubiera, por el cual el nivel mundial de preferencia familiar exceda 226,000, más cualquier número no utilizado de la primera preferencia:

A. (F2A) Cónyuges e Hijos de Residentes Permanentes: 77% de la limitación total de la segunda preferencia, de los cuales el 75% está exento del límite por país;

B. (F2B) Hijos e Hijas Solteros, de 21 años de edad o mayores, de Residentes Permanentes: 23% de la limitación total de la segunda preferencia.

Tercera: (F3) Hijos e Hijas Casados de Ciudadanos Estadounidenses: 23,400, más cualquier número no requerido por la primera y segunda preferencias.

Cuarta: (F4) Hermanos y Hermanas de Ciudadanos Estadounidenses Adultos: 65,000, más cualquier número no requerido por las primeras tres preferencias.

A. FECHAS DE ACCIÓN FINAL PARA CASOS DE PREFERENCIA PATROCINADOS POR FAMILIARES

En el cuadro siguiente, la inclusión de una fecha para cualquier clase indica que la clase está sobresuscrita, véase el párrafo 1; «C» significa vigente, es decir, los números están autorizados para emisión a todos los solicitantes calificados; y «U» significa no autorizado, es decir, los números no están autorizados para emisión. (NOTA: Los números están autorizados para emisión solo para los solicitantes cuya fecha de prioridad sea anterior a la fecha de acción final indicada a continuación.)

Patrocinados por familiares Todas las áreas de asignación excepto las indicadas CHINA continental INDIA MÉXICO FILIPINAS
F1 01SEP17 01SEP17 01SEP17 08NOV07 01MAY13
F2A 01JAN25 01JAN25 01JAN25 01JAN24 01JAN25
F2B 22SEP17 22SEP17 22SEP17 15FEB09 08APR13
F3 15FEB12 15FEB12 15FEB12 01MAY01 22NOV05
F4 08NOV08 08NOV08 01NOV06 08APR01 15JUL07
22MAR05
22MAR05
22DEC10
01FEB16
01FEB16

 

Para junio, los números F2A EXENTOS del límite por país están autorizados para emisión a solicitantes de todos los países con fechas de prioridad anteriores al 01JAN24. Los números F2A SUJETOS al límite por país están autorizados para emisión a solicitantes asignables a todos los países EXCEPTO MÉXICO, con fechas de prioridad que comienzan el 01JAN24 y son anteriores al 01JAN25. Todos los números F2A proporcionados para MÉXICO están exentos del límite por país.

B. FECHAS PARA PRESENTAR SOLICITUDES DE VISA PATROCINADAS POR FAMILIARES

El cuadro siguiente refleja las fechas para presentar solicitudes de visa dentro de un plazo que justifica acción inmediata en el proceso de solicitud. Los solicitantes de visas de inmigrante que tengan una fecha de prioridad anterior a la fecha de solicitud en el cuadro siguiente pueden preparar y presentar los documentos requeridos al Centro Nacional de Visas del Departamento de Estado, después de recibir la notificación del Centro Nacional de Visas con instrucciones detalladas. La fecha de solicitud para una categoría sobresuscrita es la fecha de prioridad del primer solicitante que no puede presentar documentación al Centro Nacional de Visas para una visa de inmigrante. Si una categoría se designa como “vigente”, todos los solicitantes de la categoría correspondiente pueden presentar solicitudes, independientemente de la fecha de prioridad.

La indicación “C” señala que la categoría está vigente y que las solicitudes pueden presentarse independientemente de la fecha de prioridad del solicitante. La inclusión de una fecha para cualquier categoría indica que solo los solicitantes con una fecha de prioridad que sea anterior a la fecha indicada pueden presentar su solicitud.

Visite www.uscis.gov/visabulletininfo para obtener información sobre si USCIS ha determinado que este cuadro puede utilizarse, en lugar del cuadro del párrafo 4.A., este mes para presentar solicitudes de ajuste de estatus ante USCIS.

Patrocinados por familiares Todas las áreas de asignación excepto las indicadas CHINA continental INDIA MÉXICO FILIPINAS
F1 01OCT18 01OCT18 01OCT18 01OCT08 22APR15
F2A C C C C C
F2B 22MAR18 22MAR18 22MAR18 15MAY10 01OCT13
F3 08DEC12 08DEC12 08DEC12 15JUL01 08AUG06
F4 22DEC09 22DEC09 15DEC06 30APR01 22MAR08

5. La Sección 203(b) de la INA prescribe las clases de preferencia para la asignación de visas de inmigrante basadas en empleo de la siguiente manera:

PREFERENCIAS BASADAS EN EMPLEO

Primera: Trabajadores prioritarios: 28.6% del nivel mundial de preferencia basada en empleo, más cualquier número no requerido para la cuarta y quinta preferencias.

Segunda: Miembros de las profesiones con títulos avanzados o personas de habilidad excepcional: 28.6% del nivel mundial de preferencia basada en empleo, más cualquier número no requerido por la primera preferencia.

Tercera: Trabajadores calificados, profesionales y otros trabajadores: 28.6% del nivel mundial, más cualquier número no requerido por la primera y segunda preferencias, de los cuales no más de 10,000 se asignan a «*Otros Trabajadores».

Cuarta: Ciertos inmigrantes especiales: 7.1% del nivel mundial.

Quinta: Creación de empleo: 7.1% del nivel mundial, de los cuales el 32% está reservado de la siguiente manera: 20% reservado para inmigrantes calificados que inviertan en un área rural; 10% reservado para inmigrantes calificados que inviertan en un área de alto desempleo; y 2% reservado para inmigrantes calificados que inviertan en proyectos de infraestructura. El 68% restante no está reservado y se asigna a todos los demás inmigrantes calificados.

A. FECHAS DE ACCIÓN FINAL PARA CASOS DE PREFERENCIA BASADOS EN EMPLEO

En el cuadro siguiente, la inclusión de una fecha para cualquier clase indica que la clase está sobresuscrita, véase el párrafo 1; «C» significa vigente, es decir, los números están autorizados para emisión a todos los solicitantes calificados; y «U» significa no autorizado, es decir, los números no están autorizados para emisión. (NOTA: Los números están autorizados para emisión solo para los solicitantes cuya fecha de prioridad sea anterior a la fecha de acción final indicada a continuación.)

Basadas en empleo Todas las áreas de asignación excepto las indicadas CHINA continental INDIA MÉXICO FILIPINAS
1.ª C 01APR23 15DEC22 C C
2.ª C 01SEP21 01SEP13 C C
3.ª 01JUN24 01AUG21 15DEC13 01JUN24 01AUG23
Otros Trabajadores 01FEB22 01APR19 15DEC13 01FEB22 01NOV21
4.ª 15JUL22 15JUL22 15JUL22 15JUL22 15JUL22
Ciertos Trabajadores Religiosos 15JUL22 15JUL22 15JUL22 15JUL22 15JUL22
5.ª Sin reserva (incluyendo C5, T5, I5, R5, NU, RU) C 22SEP16 01MAY22 C C
5.ª Reservada: Rural (20%, incluyendo NR, RR) C C C C C
5.ª Reservada: Alto desempleo (10%, incluyendo NH, RH) C C C C C
5.ª Reservada: Infraestructura (2%, incluyendo RI) C C C C C

*Categoría de Otros Trabajadores de la Tercera Preferencia Basada en Empleo: La Sección 203(e) de la Ley de Ajuste Nicaragüense y Ayuda a Centroamérica (NACARA), aprobada por el Congreso en noviembre de 1997, según enmendada por la Sección 1(e) de la Pub. L. 105-139, dispone que una vez que la fecha límite de Otros Trabajadores de la Tercera Preferencia Basada en Empleo (EW) haya alcanzado la fecha de prioridad de la última petición EW aprobada antes del 19 de noviembre de 1997, los 10,000 números EW disponibles para un año fiscal se reduzcan hasta en 5,000 anualmente a partir del siguiente año fiscal. Esta reducción se realizará durante el tiempo que sea necesario para compensar los ajustes bajo el programa NACARA. Dado que la fecha de acción final EW alcanzó el 19 de noviembre de 1997 durante el Año Fiscal 2001, la reducción del límite anual EW a 5,000 comenzó en el Año Fiscal 2002. Para el Año Fiscal 2026, esta reducción se limitará a aproximadamente 150.

B. FECHAS PARA PRESENTAR SOLICITUDES DE VISA BASADAS EN EMPLEO

El cuadro siguiente refleja las fechas para presentar solicitudes de visa dentro de un plazo que justifica acción inmediata en el proceso de solicitud. Los solicitantes de visas de inmigrante que tengan una fecha de prioridad anterior a la fecha de solicitud en el cuadro pueden preparar y presentar los documentos requeridos al Centro Nacional de Visas del Departamento de Estado, después de recibir la notificación del Centro Nacional de Visas con instrucciones detalladas. La fecha de solicitud para una categoría sobresuscrita es la fecha de prioridad del primer solicitante que no puede presentar documentación al Centro Nacional de Visas para una visa de inmigrante. Si una categoría se designa como “vigente”, todos los solicitantes de la categoría correspondiente pueden presentar, independientemente de la fecha de prioridad.

La indicación “C” señala que la categoría está vigente y que las solicitudes pueden presentarse independientemente de la fecha de prioridad del solicitante. La inclusión de una fecha para cualquier categoría indica que solo los solicitantes con una fecha de prioridad que sea anterior a la fecha indicada pueden presentar su solicitud.

Visite www.uscis.gov/visabulletininfo para obtener información sobre si USCIS ha determinado que este cuadro puede utilizarse, en lugar del cuadro del párrafo 5.A., este mes para presentar solicitudes de ajuste de estatus ante USCIS.

Basadas en empleo Todas las áreas de asignación excepto las indicadas CHINA continental INDIA MÉXICO FILIPINAS
1.ª C 01DEC23 01DEC23 C C
2.ª C 01JAN22 15JAN15 C C
3.ª C 01JAN22 15JAN15 C 01JAN24
Otros Trabajadores 01AUG22 01OCT19 15JAN15 01AUG22 01AUG22
4.ª 01JAN23 01JAN23 01JAN23 01JAN23 01JAN23
Ciertos Trabajadores Religiosos 01JAN23 01JAN23 01JAN23 01JAN23 01JAN23
5.ª Sin reserva (incluyendo C5, T5, I5, R5) C 01MAR17 01MAY24 C C
5.ª Reservada: (Rural: NR, RR – 20%) C C C C C
5.ª Reservada: (Alto desempleo: NH, RH – 10%) C C C C C
5.ª Reservada: (Infraestructura: RI – 2%) C C C C C

B. CATEGORÍA DE INMIGRANTE DE DIVERSIDAD (DV) PARA EL MES DE JUNIO

La Sección 203(c) de la INA proporciona hasta 55,000 visas de inmigrante cada año fiscal para permitir oportunidades adicionales de inmigración a personas de países con bajas admisiones durante los cinco años anteriores. NACARA estipula que, a partir de DV-99 y durante el tiempo que sea necesario, hasta 5,000 de las 55,000 visas de diversidad asignadas anualmente estarán disponibles para uso bajo el programa NACARA. Los números de visa puestos a disposición de los solicitantes de NACARA en el AF 2025 resultarán en una reducción del límite anual DV-2026 a aproximadamente 54,850. La Sección 5104 de la Ley de Autorización de Defensa Nacional (NDAA) para el Año Fiscal 2024 enmendó las disposiciones de NACARA sobre el programa DV de manera que el número de visas disponibles bajo la NDAA cada año fiscal se deducirá de las 55,000 DV asignadas anualmente. Estas enmiendas reducirán aún más el límite anual DV-2026 a aproximadamente 52,000. Las DV se dividen entre seis regiones geográficas. Ningún país puede recibir más del siete por ciento de las visas de diversidad disponibles en un año determinado.

Para junio, los números de inmigrante en la categoría DV están disponibles para solicitantes calificados DV-2026 asignables a todas las regiones y países elegibles de la siguiente manera. Cuando se muestra un número límite de asignación, las visas están disponibles solo para solicitantes con números de clasificación regional de lotería DV POR DEBAJO del número límite de asignación especificado:

Región Todas las áreas de asignación DV excepto las indicadas por separado
ÁFRICA 55,000 Excepto: Argelia 37,000 Egipto 30,000
ASIA 35,000 Excepto: Nepal 11,000
EUROPA 20,000
AMÉRICA DEL NORTE (BAHAMAS) 50
OCEANÍA 1,500
AMÉRICA DEL SUR, y el CARIBE 3,000

El derecho al estatus de inmigrante en la categoría DV dura solo hasta el final del año fiscal de visas para el cual el solicitante fue seleccionado en la lotería. El año de derecho para todos los solicitantes registrados en el programa DV-2026 finaliza el 30 de septiembre de 2026. No se pueden emitir visas DV a solicitantes DV-2026 después de esa fecha. Del mismo modo, los cónyuges e hijos que acompañan o siguen para reunirse con los principales DV-2026 solo tienen derecho al estatus DV derivado hasta el 30 de septiembre de 2026. La disponibilidad de visas DV hasta el final del AF-2026 no puede darse por sentada. Los números podrían agotarse antes del 30 de septiembre.

C. LÍMITES DE CLASIFICACIÓN DE LA CATEGORÍA DE INMIGRANTE DE DIVERSIDAD (DV) QUE SE APLICARÁN EN JULIO

Para julio, los números de inmigrante en la categoría DV están disponibles para solicitantes calificados DV-2026 asignables a todas las regiones y países elegibles de la siguiente manera. Cuando se muestra un número límite de asignación, las visas están disponibles solo para solicitantes con números de clasificación regional de lotería DV POR DEBAJO del número límite de asignación especificado:

Región Todas las áreas de asignación DV excepto las indicadas por separado
ÁFRICA 55,000 Excepto: Argelia 40,000 Egipto 31,000
ASIA 35,000 Excepto: Nepal 13,000
EUROPA 23,000
AMÉRICA DEL NORTE (BAHAMAS) 50
OCEANÍA 1,700
AMÉRICA DEL SUR, y el CARIBE 3,300

D. DISPONIBILIDAD DE VISAS PATROCINADAS POR FAMILIARES Y BASADAS EN EMPLEO

Las tasas de emisión de visas de inmigrante para extranjeros de ciertos países han disminuido a la luz de varias acciones que la administración ha tomado para proteger la seguridad nacional y la seguridad pública, y para promover de otro modo los intereses de los Estados Unidos, por ejemplo Proclamación Presidencial 10949, Proclamación Presidencial 10998, Actualizaciones de Procesamiento de Visas de Inmigrante. En consecuencia, para poner visas a disposición de conformidad con las secciones 201-203 de la INA para suficientes posibles inmigrantes de otros países a fin de utilizar los números de visas de inmigrante disponibles en el AF 2026, las fechas para presentar solicitudes y las fechas de acción final se habían adelantado en varias categorías de visas de inmigrante en meses anteriores. Tenga en cuenta que, a medida que se materialice demanda adicional de visas de inmigrante, o se enmienden las acciones administrativas, puede ser necesario un retroceso en los próximos meses para mantener las emisiones dentro de los límites anuales. Las categorías de visa pueden volverse “No disponibles” antes del final del año fiscal si se alcanzan los límites anuales, los límites de categoría o los límites por país prorrateados. Esta situación se monitorea continuamente, y cualquier ajuste necesario se realizará en consecuencia.

E. RETROCESO EN LAS FECHAS DE ACCIÓN FINAL DE LA PRIMERA PREFERENCIA BASADA EN EMPLEO (EB-1) Y LA SEGUNDA PREFERENCIA BASADA EN EMPLEO (EB-2) PARA INDIA

La alta demanda y el uso de números por extranjeros asignables a India en las categorías de visa EB-1 y EB-2 han hecho necesario retroceder las fechas de acción final para mantener el uso de números dentro del límite anual del AF 2026. Podrían ser necesarios más retrocesos, o declarar las categorías como “no disponibles”, en los próximos meses si los límites prorrateados de India en las categorías EB-1 o EB-2 se alcanzan antes de que termine el año fiscal. Esta situación se monitoreará continuamente, y cualquier ajuste necesario se realizará en consecuencia.

F. DISPONIBILIDAD DE VISAS EN LA CATEGORÍA DE SEGUNDA PREFERENCIA BASADA EN EMPLEO (EB-2) PARA CHINA

La demanda suficiente y el mayor uso de números por extranjeros asignables a China en la categoría de visa EB-2 pueden hacer necesario retroceder la fecha de acción final o declarar la categoría “no disponible” en los próximos meses para mantener el uso de números dentro del máximo permitido bajo el límite anual del AF 2026. Esta situación se monitoreará continuamente, y cualquier ajuste necesario se realizará en consecuencia.

G. DISPONIBILIDAD DE VISAS EN LA CATEGORÍA DE TERCERA PREFERENCIA BASADA EN EMPLEO (EB-3) PARA FILIPINAS

La demanda suficiente y el mayor uso de números por extranjeros asignables a Filipinas en la categoría de visa EB-3 pueden hacer necesario retroceder la fecha de acción final o declarar la categoría “no disponible” en los próximos meses para mantener el uso de números dentro del máximo permitido bajo el límite anual del AF 2026. Esta situación se monitoreará continuamente, y cualquier ajuste necesario se realizará en consecuencia.

H. DISPONIBILIDAD DE VISAS EN LA CATEGORÍA SIN RESERVA DE LA QUINTA PREFERENCIA BASADA EN EMPLEO (EB-5) PARA INDIA

La demanda suficiente y el mayor uso de números por extranjeros asignables a India en las categorías de visa EB-5 sin reserva pueden hacer necesario retroceder la fecha de acción final o declarar la categoría “no disponible” el próximo mes para mantener el uso de números dentro del máximo permitido bajo el límite anual del AF 2026. Esta situación se monitoreará continuamente, y cualquier ajuste necesario se realizará en consecuencia.

I. VISAS ESPECIALES DE INMIGRANTE (SIV) PARA EMPLEADOS DEL GOBIERNO DE EE. UU.

La Ley de Autorización de Defensa Nacional (NDAA) para el Año Fiscal 2024, promulgada el 22 de diciembre de 2023, puede afectar a ciertos empleados actuales y anteriores del Gobierno de EE. UU. en el extranjero, así como a ciertos cónyuges e hijos sobrevivientes de empleados fallecidos del gobierno de EE. UU. en el extranjero, que solicitan SIV o ajuste de estatus, según se describe en la sección 101(a)(27)(D) de la INA. Esto no afecta a ciertos iraquíes y afganos que solicitan SIV SQ y SI. Los solicitantes deben comunicarse con la sección consular en la que presentaron su Formulario DS-1884 para obtener más información sobre el impacto de esa ley en su caso.

J. PARA OBTENER LA INFORMACIÓN MÁS RECIENTE SOBRE EL PROCESAMIENTO DE VISAS EN EMBAJADAS Y CONSULADOS DE EE. UU., VISITE EL SITIO WEB DE LA OFICINA DE ASUNTOS CONSULARES EN TRAVEL.STATE.GOV

Publicación 9514 del Departamento de Estado

CA/VO: 4 de mayo de 2026

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