La visa R-1 es una visa de trabajo temporal para no inmigrantes, dirigida a personas que desean ingresar al país principalmente como ministros o ejercer una profesión religiosa, ya sea profesional o no. La vigencia de la visa no puede exceder los cinco (5) años.
Para que se otorgue la entrada temporal, la extensión o el mantenimiento del estatus, se deben cumplir las siguientes condiciones:
La categoría comúnmente referida es la visa de trabajador religioso temporal, conocida como R‑1 visa, destinada a personas que entran a EE.UU. para desempeñar funciones religiosas en una organización sin fines de lucro.
El solicitante debe haber sido miembro de la misma denominación religiosa que lo patrocina por al menos dos años antes de presentar la petición.
Debe ser una organización sin fines de lucro (generalmente con estatus IRS 501(c)(3)) afiliada a una denominación religiosa en EE.UU., lo que demuestra su carácter genuinamente religioso.
El periodo inicial de admisión suele ser de hasta 30 meses (~2 años 6 meses) y puede extenderse para alcanzar un límite máximo de 5 años en total.
El cónyuge e hijos solteros menores de 21 años pueden acompañar al titular con la categoría de visa derivada R‑2 visa, sin autorización de empleo para los dependientes.
No, la visa R-1 es de no inmigrante y temporal. Sin embargo, en otro camino existe la visa de inmigrante para trabajadores religiosos (categoría EB‑4 visa) que sí puede llevar a la residencia permanente.
Debe presentar la petición correspondiente al USCIS (por ejemplo el formulario I-129 para R-1) antes de que el solicitante tramite el visto.